El Significado Jurídico: Conceptos Fundamentales, Ramas del Derecho y Su Impacto Legal
El derecho es la columna vertebral de nuestra sociedad, un sistema complejo de normas que rige la convivencia humana, garantiza la justicia y protege los derechos y deberes de cada individuo. Pero, ¿qué significa realmente un término "jurídico"? ¿Cómo se articulan las leyes que dan forma a nuestro mundo? Esta guía exhaustiva se propone desentrañar el significado jurídico en su máxima expresión, ofreciendo una visión completa de sus fundamentos, sus diversas ramas y la intrincada red de conceptos que lo componen.
Ya seas un estudiante de derecho, un profesional en busca de refrescar conocimientos, o simplemente un ciudadano interesado en comprender mejor las reglas del juego social, este artículo será tu brújula en el vasto océano del ordenamiento jurídico. Utilizando una perspectiva clara y accesible, exploraremos desde las definiciones más básicas hasta los principios que sustentan cada decisión judicial y cada contrato firmado.
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En esta guía aprenderás Ramas del Derecho y Su Impacto Legal:
- ¿Qué es el Derecho y por qué es crucial para la sociedad?
- Diferencia entre patente y modelo de utilidad
- Plazo para interponer recurso de revisión
- Interés considerado usura: todo lo que necesitas saber
- Las fuentes que dan origen a las normas jurídicas.
- Las principales ramas del Derecho y sus áreas de aplicación.
- Los conceptos jurídicos fundamentales que todo ciudadano debe conocer.
- Cómo el significado jurídico impacta tu vida diaria.
- Admisibilidad de nuevas pruebas en recursos de apelación.
- Cómo puedo acogerme a la ley de segunda oportunidad
Prepárate para adentrarte en el fascinante mundo donde la lógica, la historia y la ética se entrelazan para formar el tejido legal de nuestra civilización.
¿Qué es el Derecho? Una Definición Profunda y Fundamental
El término "Derecho" proviene del latín directum, que significa "lo que está conforme a la regla, a la ley, a la norma". Es un conjunto de principios y normas, generalmente inspirados en ideas de justicia y orden, que regulan las relaciones humanas en toda sociedad y cuya observancia es impuesta de forma coactiva por parte de un poder público.
El significado jurídico del Derecho va más allá de un simple conjunto de reglas; implica una concepción sistemática y ordenada que busca equilibrar los intereses individuales con el bienestar colectivo. No se trata solo de prohibiciones, sino también de facultades, permisos y protecciones que permiten el desarrollo de la vida social.
Derecho Objetivo vs. Derecho Subjetivo:
- Derecho Objetivo: Se refiere al conjunto de normas jurídicas que rigen un país en un momento determinado. Es la norma en sí misma (la ley, el código, el reglamento). Por ejemplo, el Código Civil es parte del Derecho Objetivo.
- Derecho Subjetivo: Hace referencia a la facultad o poder que la norma jurídica concede a una persona para exigir o realizar algo en su propio beneficio. Es el derecho que tiene el individuo. Por ejemplo, el "derecho a la propiedad" o el "derecho a la defensa" son derechos subjetivos.
La distinción entre ambos es fundamental para comprender la aplicación práctica de las leyes. Un ejemplo claro es el derecho a la vivienda. Mientras que el Derecho Objetivo establece las leyes urbanísticas y los principios de acceso a una vivienda digna, el Derecho Subjetivo es la facultad que tiene una persona de exigir una vivienda o de defender su propiedad ante un desalojo injusto.
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1. Fundamentos Epistemológicos y Dogmáticos del Derecho Penal en la Era Contemporánea
El Derecho Penal, entendido no solo como un conjunto normativo sino como un termómetro de la moralidad pública y la estructura política de un Estado, constituye la columna vertebral del control social formal en España. Para el portal Significados Jurídicos, esta obra pilar tiene el propósito de trascender la mera definición enciclopédica, adentrándose en la arquitectura profunda del ius puniendi (derecho a castigar) y su evolución hasta el escenario jurídico de 2025. Al abordar el Derecho Penal desde una perspectiva integral, debemos desglosar su doble naturaleza: el derecho penal objetivo (ius poenale), que refiere al conjunto de normas jurídico-penales que asocian a un hecho delictivo una consecuencia jurídica; y el derecho penal subjetivo (ius puniendi), que es la facultad del Estado para crear y aplicar dichas sanciones.
La relevancia de esta rama jurídica en el periodo 2024-2025 no es estática. Nos encontramos ante un Derecho Penal en expansión, caracterizado por una hiperactividad legislativa que busca dar respuesta a fenómenos tan dispares como la cibercriminalidad, la protección animal y la violencia de género, a menudo tensionando los principios clásicos del liberalismo penal. En este contexto, el sitio web debe posicionarse no solo como un diccionario de términos, sino como una brújula doctrinal que explique por qué y cómo el Estado decide privar de libertad a un ciudadano, conectando estos conceptos abstractos con los artículos específicos que conforman el sitemap del sitio, tales como los dedicados al homicidio, la estafa, o las nuevas formas de violencia digital.
1.1. La Misión del Derecho Penal: Protección de Bienes Jurídicos vs. Vigencia de la Norma
El debate sobre la función del Derecho Penal sigue vivo en la doctrina española. ¿Protege el Derecho Penal "bienes jurídicos" (intereses vitales como la vida, la propiedad, la libertad sexual) o garantiza la "vigencia de la norma" (la confirmación de que el Derecho existe y debe ser respetado)? La postura mayoritaria, y la que debe impregnar el contenido de Significados Jurídicos, es la protección subsidiaria de bienes jurídicos. Esto significa que el Derecho Penal es la ultima ratio: solo debe intervenir cuando los mecanismos de control social informal (familia, escuela) y otras ramas del derecho (civil, administrativo) han fracasado.
Sin embargo, las reformas de 2023, 2024 y 2025 sugieren una tendencia hacia el "funcionalismo sistémico", donde el legislador utiliza el Código Penal para enviar mensajes simbólicos a la sociedad, a veces al margen de la estricta protección de bienes. Un ejemplo claro es la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, que reconfigura el bien jurídico "libertad sexual" en torno al consentimiento explícito, o la Ley de Bienestar Animal, que eleva a categoría de delito conductas que anteriormente podrían haberse resuelto en la esfera administrativa, respondiendo a una nueva sensibilidad social más que a una estricta necesidad de intervención penal clásica.
1.2. El Derecho Penal y su Intersección con Otras Ramas Jurídicas
Es fundamental para el lector comprender que el Derecho Penal no opera en el vacío. Su relación con el Derecho Administrativo Sancionador es particularmente crítica y fuente de numerosos conflictos de non bis in idem (prohibición de doble castigo). Como señala la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo (STS 08-01-2025), la delimitación de responsabilidades es esencial: mientras que la sanción penal busca el reproche ético-social más grave, la sanción administrativa busca la ordenación de sectores de actividad. En el ámbito de la seguridad laboral o el medio ambiente, esta frontera es porosa. El Derecho Penal absorbe las infracciones más graves, dejando a la administración las leves, pero la línea divisoria a menudo depende de conceptos normativos como "gravedad del riesgo" o "perjuicio significativo".
Asimismo, la relación con el Derecho Civil es ineludible a través de la Responsabilidad Civil derivada del delito. La comisión de un ilícito penal genera, casi invariablemente, la obligación de reparar el daño causado (restitución, reparación del daño, indemnización de perjuicios materiales y morales). En 2025, la doctrina ha clarificado que esta responsabilidad civil dentro del proceso penal se limita estrictamente a los daños directos del delito probado, excluyendo deudas ajenas o daños colaterales no probados causalmente. Esto es vital para artículos del sitio que traten sobre estafas o alzamiento de bienes, donde la recuperación del activo es tan importante para la víctima como el castigo del culpable.
2. Los Principios Limitadores del Ius Puniendi en el Estado Social y Democrático de Derecho
El poder de castigar es la potestad más violenta que el Estado ejerce sobre sus ciudadanos. Por ello, en un Estado de Derecho, este poder está sometido a límites estrictos que actúan como garantías innegociables. Estos principios no son meras directrices teóricas; son verdaderos diques de contención cuya vulneración conlleva la nulidad de las actuaciones y la absolución del acusado.
2.1. El Principio de Legalidad: El Imperio de la Ley Escrita
Consagrado en el artículo 25 de la Constitución Española y el artículo 1 del Código Penal, el principio de legalidad se resume en el aforismo nullum crimen, nulla poena sine lege. Nadie puede ser condenado por una acción u omisión que en el momento de producirse no constituyera delito según la legislación vigente en aquel momento.
Este principio tiene cuatro garantías fundamentales que deben explicarse detalladamente en la página pilar:
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Garantía Criminal: No hay delito sin ley previa. Esto impide que el juez cree delitos por analogía o costumbre.
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Garantía Penal: No hay pena sin ley. El juez no puede inventar sanciones ni agravar las existentes fuera de los marcos legales.
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Garantía Jurisdiccional: No hay ejecución de pena sin sentencia firme dictada por el tribunal competente.
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Garantía de Ejecución: La pena debe cumplirse tal y como establece la ley penitenciaria, prohibiendo tratos vejatorios no previstos.
En la era digital de 2025, la taxatividad (lex certa) del principio de legalidad enfrenta desafíos enormes. La redacción de los delitos informáticos o de los delitos de odio a menudo utiliza términos vagos ("discurso que fomente", "acceso no autorizado"), lo que obliga a los tribunales a una labor interpretativa que roza la creación de derecho, poniendo en riesgo la seguridad jurídica.
2.2. El Principio de Intervención Mínima y Proporcionalidad
El Derecho Penal debe ser fragmentario (solo protege los bienes más importantes frente a los ataques más graves) y subsidiario. La tendencia legislativa actual, sin embargo, muestra una tensión con este principio. La proliferación de delitos leves (antiguas faltas) y la criminalización de conductas preventivas (delitos de peligro abstracto, como la conducción a velocidad excesiva sin causar accidente) demuestran una expansión del control penal.
La proporcionalidad exige que la gravedad de la pena sea acorde a la gravedad del hecho antijurídico. El Tribunal Constitucional ha reiterado que las penas desproporcionadas son inconstitucionales. En 2025, este debate se reaviva con la Prisión Permanente Revisable para delitos de asesinato especialmente cualificados, donde sectores doctrinales cuestionan si su duración indeterminada respeta la proporcionalidad y el mandato constitucional de reinserción.
2.3. El Principio de Culpabilidad
No hay pena sin dolo o imprudencia. Este principio destierra definitivamente la responsabilidad objetiva (responder por el mero resultado). Para que un sujeto sea castigado, debe existir un vínculo subjetivo entre él y el hecho. O bien quiso hacerlo (dolo) o bien infringió el deber de cuidado que le era exigible (imprudencia). Este principio tiene dos corolarios vitales:
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Personalidad de las penas: Solo responde el autor del hecho, nunca sus familiares o allegados.
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Responsabilidad por el hecho: Se castiga lo que el sujeto ha hecho, no "cómo es" el sujeto (Derecho Penal de autor). Aunque la reincidencia agrava la pena, no se castiga el carácter o la peligrosidad sin delito previo.
2.4. El Principio Non Bis In Idem
Nadie puede ser juzgado o castigado dos veces por los mismos hechos. Este principio tiene una vertiente procesal (no se pueden abrir dos procesos simultáneos) y una vertiente material (no se pueden imponer dos sanciones por lo mismo). En el derecho administrativo sancionador y penal, si hay identidad de sujeto, hecho y fundamento, prevalece la vía penal y la sanción administrativa debe ceder o descontarse. La jurisprudencia reciente de 2024 refuerza que las multas administrativas pagadas deben abonarse a la pena de multa penal si finalmente hay condena, evitando el exceso punitivo.
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Derecho Civil en Profundidad: Guía Maestra de Personas, Familia, Propiedad, Sucesiones y Contratos

Si el Derecho Penal es el código de prohibiciones y el Derecho Administrativo rige la relación con el Estado, el Derecho Civil es la base fundamental que da sentido a la vida jurídica de cada ciudadano. Es la rama troncal del derecho privado que regula las relaciones más íntimas y esenciales: la persona, la familia, la propiedad, los contratos y el destino de nuestro patrimonio tras la muerte.
El significado jurídico de esta disciplina trasciende el aula universitaria. Desde el momento en que adquirimos personalidad al nacer, hasta la firma de un contrato de alquiler o la aceptación de una herencia, el Derecho Civil rige cada paso. Por ello, comprender sus principios no es solo una necesidad para el jurista, sino una herramienta de empoderamiento para el ciudadano.
Esta Guía Maestra de Derecho Civil ha sido diseñada para ser el recurso más exhaustivo y accesible sobre la materia. Navegaremos por los conceptos esenciales que todo profesional o persona interesada debe dominar, siguiendo una estructura lógica que facilita la comprensión de este vasto universo legal.
En esta guía exploraremos los cinco pilares del Derecho Civil:
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- Las Personas: Quiénes somos ante la ley.
- El Derecho de Familia: Regulación de las relaciones afectivas y filiales.
- El Derecho de Bienes: Posesión, Propiedad y Derechos sobre las cosas.
- El Derecho de Obligaciones y Contratos: El motor de las transacciones económicas.
- El Derecho de Sucesiones: El destino final del patrimonio.
- Herencia yacente: personalidad jurídica explicada
- Carrera profesional funcionarial en la administración pública
- Que se necesita para casarse por el juzgado
- El notario avisa a los herederos de un testamento
- Devolución de fianzas por organismos autonómicos
1. Las Personas: El Eje Central del Derecho Civil
El punto de partida de todo el ordenamiento jurídico civil es el individuo. Sin sujetos, no hay relaciones jurídicas. Por ello, el Derecho Civil dedica su primer pilar a establecer quién puede ser titular de derechos y cómo se ejercen.
1.1. Personalidad y Capacidad
Un error común es confundir la personalidad con la capacidad. Jurídicamente, tienen un significado muy diferente:
- Capacidad Jurídica (o de Goce): Es la aptitud para ser titular de derechos y obligaciones. Se adquiere con el nacimiento (en la mayoría de los códigos, aunque se protege al nasciturus o concebido no nacido) y se mantiene hasta la muerte. Es intrínseca al ser humano y no se puede limitar.
- Capacidad de Obrar: Es la aptitud para realizar actos jurídicos válidos (firmar un contrato, comprar una propiedad, otorgar un testamento) por sí mismo. Esta capacidad se adquiere plenamente al alcanzar la mayoría de edad (generalmente a los 18 años) y puede ser limitada por causas legales (como una sentencia de incapacitación).
Enfoque GSC: Al buscar "diferencia entre capacidad jurídica y de obrar", el usuario necesita esta distinción clara y autorizada. Tu respuesta debe ser concisa y precisa.
1.2. El Comienzo y Fin de la Personalidad
La personalidad, como eje de los derechos, tiene un inicio y un fin claramente marcados por la ley.
- Comienzo de la Personalidad: Se produce, generalmente, en el momento del nacimiento con vida una vez producido el entero desprendimiento del seno materno. No obstante, el concebido no nacido (nasciturus) se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables (por ejemplo, para heredar).
- Extinción de la Personalidad: Ocurre con la muerte de la persona. La acreditación de este hecho (a través de la inscripción en el Registro Civil) es esencial para iniciar procesos como la sucesión.
Nota Importante: Un concepto relacionado es la Declaración de Fallecimiento, que se aplica cuando una persona desaparece en circunstancias graves o por un largo tiempo. Esta figura legal permite que se abra la sucesión, aunque siempre con cautelas ante la posibilidad de que la persona reaparezca (lo que tendría plenos efectos jurídicos).
1.3. Personas Jurídicas: Las Entidades con Vida Legal Propia
El Derecho Civil no solo regula a los seres humanos (personas físicas), sino también a las Personas Jurídicas. Estas son entidades (agrupaciones de personas o de bienes) a las que la ley otorga personalidad propia e independiente de sus miembros.
Las más relevantes son:
- Asociaciones: Agrupación de personas que persiguen un fin no lucrativo.
- Fundaciones: Patrimonio afectado a la consecución de un fin de interés general.
- Sociedades Civiles: Entidades con ánimo de lucro que se rigen por el Derecho Civil, a diferencia de las sociedades mercantiles.
¿Cuándo prescribe un delito?
Depende de la pena máxima prevista. Delitos leves: 1 año. Delitos con pena de prisión < 5 años (como estafas medias): 5 años. Delitos con pena > 15 años: 20 años. Delitos de lesa humanidad y terrorismo con muerte: No prescriben.
¿Qué pasa si me denuncian falsamente?
La denuncia falsa es un delito (Art. 456 CP). Si se archiva el caso contra ti, puedes querellarte contra el denunciante si demuestras que actuó con conocimiento de la falsedad ("temeridad manifiesta") y desprecio a la verdad.
Análisis de Tendencias y Futuro del Derecho Penal 2025
El análisis de Google Trends y la actualidad legislativa revelan vectores claros de interés que el sitio web debe explotar:
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Cibercriminalidad y Evidencia Digital: La preocupación por el robo de identidad, estafas cripto y acoso en redes es máxima. El usuario busca "¿Cómo probar un acoso en WhatsApp?" o "¿Es delito grabar una conversación?". El contenido debe ofrecer guías prácticas sobre la cadena de custodia de pruebas digitales.
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Violencia de Género y Sexual: Tras la Ley "Solo sí es sí", hay una demanda inmensa de claridad sobre qué conductas son delictivas (ej. tocamientos no consentidos en ocio nocturno). Explicar el "consentimiento afirmativo" con ejemplos cotidianos atraerá tráfico cualificado.
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Derecho Penal Económico y Segunda Oportunidad: En tiempos de crisis, crecen las búsquedas sobre insolvencia punible y alzamiento de bienes. Conectar el derecho penal con la Ley de Segunda Oportunidad (concurso de acreedores) es un nicho de alto valor.
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Justicia Climática y Animal: El delito de ecocidio (aún en debate internacional pero con reflejo en delitos medioambientales) y el maltrato animal endurecido son temas de interés generacional joven.
El Derecho Penal de 2025 es un organismo híbrido: mantiene la dogmática clásica alemana del siglo XIX en su teoría del delito, pero opera con herramientas tecnológicas y una sensibilidad social posmoderna. La tendencia es clara hacia una expansión punitiva (más conductas son delito) y una aceleración procesal (Ley de Eficiencia).
Para Significados Jurídicos, el éxito radica en traducir esta complejidad en claridad. No basta con citar el artículo del Código Penal; hay que explicar la historia humana detrás de la norma, el dolor de la víctima y la garantía del acusado. Al contextualizar cada reforma con sus propios artículos detallados, el sitio se convierte en una enciclopedia viva, útil tanto para el estudiante de derecho como para el ciudadano que enfrenta un problema legal.
¿Puedo negarme a soplar en un control de alcoholemia si no he bebido?
Negarse es un error gravísimo. La negativa a someterse a las pruebas es un delito autónomo (art. 383 del Código Penal) castigado con penas de prisión de 6 meses a 1 año y privación del carné de 1 a 4 años. A menudo, la pena por negarse es más severa que la pena por dar positivo. Además, te pueden condenar por ambos delitos si presentas síntomas evidentes de embriaguez.
Si doy positivo en alcoholemia, ¿siempre voy a la cárcel?
No necesariamente. Aunque el delito contempla pena de prisión de 3 a 6 meses, el Código Penal permite al juez elegir entre tres alternativas: prisión, multa (pagar una cuota diaria) o Trabajos en Beneficio de la Comunidad (31-90 días). Si no tienes antecedentes penales previos, lo habitual es que la condena sea de multa o trabajos, evitando el ingreso efectivo en prisión, aunque la retirada del carné es obligatoria siempre.
¿Es cierto que la policía solo puede echar a los okupas si no han pasado 48 horas?
Es un mito legal peligroso. El plazo de las "48 horas" no existe en la ley. Lo que permite el desalojo inmediato es la flagrancia delictiva (que la policía los pille entrando o acabando de entrar). Si los ocupantes logran cambiar la cerradura y establecerse, aunque sea por poco tiempo, se considera que han constituido "morada". A partir de ahí, echarles requiere una orden judicial, sea por la vía civil o penal. Sin embargo, las reformas procesales de 2025 buscan agilizar estos desalojos mediante juicios rápidos específicos para allanamiento y usurpación.
¿Qué diferencia hay entre delito de allanamiento y usurpación?
La diferencia es la cárcel y la velocidad del desalojo.
- Allanamiento de morada: Ocurre en tu vivienda habitual o segunda residencia (donde tienes tus cosas y privacidad). Es un delito grave con pena de prisión y la policía suele actuar con mayor contundencia para proteger tu intimidad.
- Usurpación: Ocurre en inmuebles vacíos, de bancos o abandonados donde no vive nadie. Es un delito leve (generalmente multa) y el proceso de desalojo es mucho más lento.
Me han hecho un "Bizum inverso", ¿puedo recuperar mi dinero?
El "Bizum inverso" es una estafa donde el delincuente te envía una solicitud de dinero fingiendo que te está pagando, y tú aceptas por error. Recuperarlo es difícil porque tú autorizaste la operación. Sin embargo, debes denunciarlo inmediatamente ante la Policía Nacional o Guardia Civil. Si el banco no implementó las medidas de seguridad adecuadas o el sistema falló, podrías reclamar a la entidad, especialmente tras las sentencias del Tribunal Supremo de 2024-2025 que refuerzan la responsabilidad bancaria en fraudes digitales.
¿Es delito crear un perfil falso de otra persona en Instagram o Tinder?
Sí, puede ser delito de usurpación de estado civil (art. 401 CP) si te haces pasar por ella de forma completa y persistente, actuando como si fueras ella. Si solo usas su foto para burlarte o crear un perfil parodia, podría ser un delito de injurias o un ilícito civil (derecho al honor), pero no usurpación. Además, si usas ese perfil para acosar a la víctima, incurres en un delito de stalking (acoso).
¿Puedo viajar a EE.UU. (ESTA) si tengo antecedentes penales en España?
Es muy arriesgado usar el ESTA. Al solicitarlo, te preguntan si alguna vez has sido arrestado o condenado por un delito, incluso si ya prescribió. Mentir es un delito federal en EE.UU. Si tienes antecedentes por delitos que ellos consideran de "vileza moral" (como estafas o delitos contra las personas), lo correcto es solicitar un Visado de Turista (B1/B2) en la Embajada, donde te pedirán tu certificado de penales y valorarán tu caso individualmente.
¿Me quedan antecedentes por un juicio de delito leve (antiguas faltas)?
Sí. Los delitos leves (como hurtos menores de 400€, amenazas leves o estafas pequeñas) generan antecedentes penales. Aunque no suelen implicar ingreso en prisión, estos antecedentes quedan registrados hasta que los canceles. El plazo de cancelación para delitos leves es de 6 meses desde que terminas de cumplir la pena (pagar la multa), siempre que no vuelvas a delinquir.
Con la Ley de Bienestar Animal, ¿puedo ir a la cárcel por matar una rata en mi casa?
La ley ha generado confusión. Si bien protege a los animales vertebrados, la finalidad es evitar el maltrato injustificado. El control de plagas por motivos de salud pública no es delito si se realiza por medios legales y proporcionales. Sin embargo, matar a un animal vertebrado (incluso una rata) con ensañamiento o fuera de los supuestos de salubridad podría ser denunciable bajo la nueva redacción, aunque la doctrina jurídica tiende a excluir los casos de control de plagas domésticas de la vía penal. Lo recomendable es usar servicios profesionales de control de plagas.
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