Delito de estafa

delito de estafa

El delito de estafa se considera cuando una persona actúa de forma deliberada utilizando el engaño para recibir dinero de otra. En este artículo explicamos el delito de estafa: qué es, dónde se regula, qué es el delito de estafa, qué tipos de estafa existen, sus sanciones y más.

➡️ Tabla de contenido
  1. ¿Qué es el delito de estafa?
  2. Elementos de la estafa
  3. Tipos
  4. ¿Bajo qué circunstancias la estafa es un delito penal?
    1. Delitos de estafas grave
  5. Estafa impropias
    1. Estafa de delito cometidas por personas jurídicas
  6. ¿Cuál es la diferencia entre estafa y robo?

¿Qué es el delito de estafa?

Entendemos que el delito de estafa se refiere a aquellos que con el fin de ganar dinero, utilizan el engaño suficiente para crear errores en los demás. Y hacer que actúen de una manera que les perjudique a sí mismos o a los demás.

En muchos casos, los estafadores se aprovechan de la falta de experiencia y experiencia comercial de quienes logran atraparlos. Así como de la falla o debilidad de los sistemas de seguridad de las instituciones públicas o privadas, cuyas consecuencias tienen un mayor impacto comercial.

Los tipos básicos de delitos de estafa están contenidos en el artículo 248 del Código Penal, que se enmarca en el artículo 1 (fraude), el capítulo 6 (fraude) y el capítulo 13 (delitos contra la propiedad y el orden público). Economía Social) Libro Segundo (Delitos y sus penas):

El fraude es cometido por una persona que, con fines de lucro, usa el engaño suficiente para dañar a otros al hacer que actúen contra ellos mismos o contra otros.

También fueron declarados culpables de fraude segun el Artículo 248 del Código Penal:

a) La persona que sin consentimiento enajene cualquier bien inmueble en perjuicio de otros con ánimo de lucro y con ayuda de determinadas operaciones informáticas o medios análogos.

b) La persona que produzca, implemente, almacene o haga publicidad de un programa informático destinado a realizar una actividad fraudulenta a que se refiere este artículo.

c) Los que utilicen las tarjetas de crédito o débito, los cheques de viajero o los datos contenidos en ellos, en perjuicio de sus titulares o de terceros.

La doctrina entiende en sentido amplio que los bienes jurídicos protegidos son legados; la ley establece que el delito de estafa no se comete hasta que se daña la propiedad. En este tipo de delitos no sólo se protegen los bienes, sino también las relaciones de buena fe o de confianza.

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Elementos de la estafa

El engaño es un elemento muy importante del fraude; debe ser suficiente para engañar y al mismo tiempo inducir a comerciar con la propiedad. Enfatizando la necesidad de adjuntarle un plan o táctica fraudulenta.

El delito de estafa también puede consistir en engañar a otro sujeto. En este caso, el sujeto engañoso debe tener la condición de garante de la víctima, es decir, obligación jurídica de proteger.

El acto de enajenación puede comprender la entrega o sustracción de algo, así como la prestación de un servicio.

Por obtener una ganancia, la entendemos como la persecución de intereses inherentes obtenidos a través de la posesión de cosas de valor económico, es decir, intereses económicos.

La doctrina y la jurisprudencia exigen que exista una relación de causalidad entre los diversos elementos típicos del delito de estafa. Esto es, que el error sea la consecuencia de la defraudación, el acto de propiedad sea la consecuencia del error y la pérdida sea el resultado del fraude.

El delito de estafa sólo se comete si hay engaño, conciencia y voluntad de engañar a los demás, causando perjuicios materiales a sí mismo o a un tercero. Por ejemplo, si el autor no supiera sobre el engaño, no nos encontraríamos con el engaño.

Finalmente, el delito de estafa se consuma cuando el sujeto incurre falsamente en la conducta de apropiación indebida de bienes y obtiene los bienes de otra persona.

Tipos

El artículo 249 del Código Penal contiene disposiciones sobre la sanción del fraude, que puede ser sancionado con prisión de 6 meses a 3 años.

Los declarados culpables de fraude serán condenados a entre seis meses y tres años de prisión. Para determinar el monto se tendrá en cuenta el monto defraudado, la pérdida financiera sufrida por la víctima. La relación entre la víctima y el defraudador, las tácticas del defraudador y otras infracciones que ayuden a determinar la gravedad del fraude. Si la cantidad defraudada no supera los 400 euros, se aplicará una multa de uno a tres meses. Cita del Artículo 249 del Código Penal

Para evaluar el tamaño de la persona defraudada, la pérdida económica causada a la víctima, la relación entre la víctima y el defraudador, los medios utilizados por el defraudador, etc., se considerará el delito”.

Hay que tener en cuenta que si el fraude no supera los 400 euros, se aplicará una multa de uno a tres meses. Analizando los tipos básicos, el Código Penal, de acuerdo con la Ley Orgánica 1/2015, incluye las formas graves de estafa en el artículo 250 de dicha ley.

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¿Bajo qué circunstancias la estafa es un delito penal?

Se comete fraude menor si el valor defraudado no supera los 400 euros. Así, tras la reforma penal de 2015, desapareció la anterior ausencia de fraude.

Si la cantidad defraudada no supera los 400 euros, se aplicará una multa de 1 a 3 meses. Artículo 249 del Código Penal.

Delitos de estafas grave

El artículo 250 contiene circunstancias específicas que agravan el delito de estafa. Se trata de otras circunstancias agravantes distintas de las previstas con carácter general en el Código Penal. Se cometerá delito grave de estafa si:

  • Si el fraude se refiere a artículos de primera necesidad, viviendas u otros bienes que tengan un uso social reconocido.
  • Si esto se hace sustrayendo la firma de otro, en todo o en parte, ocultando o inutilizando cualquier trámite, documento, contrato o documento público u oficial de cualquier clase.
  • Si se trata de bienes que constituyen patrimonio histórico, artístico, cultural o científico.
  • Si es particularmente grave, considere la magnitud del daño y la situación económica que deja a la víctima o a su familia.
  • Cuando la cuantía fraudulenta supere los 50.000 euros o afecte a un gran número de personas.
  • Si se abusa de una relación personal existente entre la víctima y el estafador, o si el perpetrador se aprovecha de su reputación comercial o profesional.
  • El fraude procesal es la manipulación de pruebas en un caso judicial para hacer que un juez cometa un error. Y tome una decisión que perjudique los intereses económicos de la parte contraria o de un tercero.
  • Si el culpable es condenado a muerte por al menos tres casos de fraude.

Estafa impropias

El artículo 251 incluye una serie de actos que la doctrina considera indebidamente fraudulentos. En estos delitos coexisten el afán de lucro y el perjuicio patrimonial. Pero no son necesariamente los demás elementos esenciales del fraude ordinario. Se consideran fraude injustificado los siguientes hechos:

Enajenar, hipotecar o arrendar a terceros bienes muebles o inmuebles, en perjuicio de intereses ajenos o de terceros. Ocultado o enajenado libremente el bien mueble o inmueble, es gravado o reenviado antes de la transmisión definitiva del dominio en perjuicio del síndico o de un tercero. Al hacer contratos falsos en perjuicio de otros, la doctrina se conoce como fraude de documentos, falsedad fraudulenta o tergiversación fraudulenta.

  1. El que enajena falsamente bienes muebles o inmuebles de los que no tiene derecho a disponer. Y sea porque nunca los tuvo o porque ha ejercido este derecho, los enajena, pignora o arrienda a otro en perjuicio de otro última o tercera persona.
  2. El que enajene bienes muebles o inmuebles oculte la existencia de alguna obligación sobre ellos, o el que los enajene a título gratuito, los vuelva a hipotecar o enajene antes de su entrega definitiva al adquirente en perjuicio de éste.
  3. una persona que otorga contratos falsos en perjuicio de otros. Artículo 251 del Código Penal.
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Estafa de delito cometidas por personas jurídicas

Las personas jurídicas también pueden cometer fraude de conformidad con el artículo 31 bis. Además de las multas según 33.7. Podrán imponerse las siguientes sanciones adicionales:

  • La persona jurídica se liquida.
  • El período de su suspensión no podrá exceder de cinco años.
  • La clausura de sus locales e instituciones no podrá exceder de cinco años.
  • Prohibir más actividades (temporales o potenciales) en la comisión, tolerancia u ocultación de un delito.
  • Denegación de subvenciones y ayudas públicas, contratos públicos e impuestos o prestaciones e incentivos sociales por un plazo no superior a quince años.
  • Intervención judicial total o parcial que se estime necesaria para preservar los derechos de los trabajadores o acreedores, hasta un máximo de cinco años.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 bis, si las personas jurídicas responsables de los delitos enumerados en esta sección serán castigadas con las siguientes penas:

  1. Si una persona comete un delito y es condenada a pena privativa de libertad superior a cinco años, se le impondrá multa del triple al quíntuple de la cuantía de la defraudación.
  2. En los demás casos, la multa es de dos a cuatro veces superior a la cantidad defraudada. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 bis, los jueces y tribunales también podrán aplicar las sanciones previstas en el artículo 33, apartado 7, incisos b) a g).

Artículo 251a del Código Penal

¿Cuál es la diferencia entre estafa y robo?

Estafa no es lo mismo que robo, aunque es posible confundir los dos delitos. En caso de robo, el autor confisca la propiedad sin el uso de la fuerza, pero sin el consentimiento del dueño o poseedor de la propiedad.

Por el contrario, en el fraude, el autor confisca la propiedad con el consentimiento de la víctima, sin que la víctima sepa que ha sido defraudado o, más específicamente, defraudado.

 

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